En Arenas de San Pedro ayudamos a los que más lo necesitan
Junto con el Ayuntamiento de Arenas de San Pedro trabajamos para mejorar la vida de sus ciudadanos. De esta forma, contamos con un Fondo Social.
Fondo Social
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Objeto
Consiste en contribuir con una ayuda económica de carácter social para paliar la situación en las que se encuentran determinadas familias desfavorecidas y en situación de exclusión social de nuestro municipio de Arenas de San Pedro, familias que presentan dificultades para afrontar el pago de los conceptos que integran el recibo municipal del ciclo integral del agua, debiendo realizar un sobreesfuerzo para poder cubrir con recursos propios el pago de esta necesidad básica.
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Requisitos a cumplir por los solicitantes
- Estar empadronado en el municipio de Arenas de San Pedro de forma ininterrumpida, al menos con un año de anterioridad a la fecha de la solicitud.
- Acreditar la situación de necesidad con el documento de requerimiento de pago de la compañía del suministro de agua, figurando el domicilio del titular de la vivienda o del inquilino titular del contrato de alquiler.
- Aportar la documentación que le sea requerida en cada caso por la Concejalía de Asuntos Sociales del municipio, para comprobar la situación de necesidad expuesta.
- En el caso de los desempleados, estar inscritos como demandantes de empleo y llevar a cabo una búsqueda de trabajo activa, requisito aplicable a todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años que se encuentren desempleados y sin cursar estudios.
- En el caso de la existencia de hijos de entre 6 y 16 años, acreditar la escolarización y asistencia a clase de los mismos.
- No concurrir ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartado 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No disponer de bienes muebles o inmuebles distintos a la vivienda habitual, sobre los que se posea un derecho de propiedad, posesión, usufructo o cualquier otro que, por sus características, valoración, posibilidad de explotación o venta, indique la existencia de medios suficientes para atender la necesidad para la que se solicita la ayuda.
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Documentación a presentar por los solicitantes
- Solicitud de ayuda, según modelo oficial, debidamente cumplimentado.
- Fotocopia del libro de familia, D.N.I. del solicitante y de los mayores de 16 años de la unidad familiar o de la documentación acreditativa de la identidad.
- Acreditación de los ingresos económicos de todos los miembros de la unidad familiar a través de:
- Nóminas, contrato de trabajo, recibos, justificantes de pensiones, certificados del SEPE, reclamaciones judiciales de alimentos, declaraciones juradas o cualquier otro documento que acredite los ingresos de la persona y/o unidad familiar.
- Fotocopia de la tarjeta de desempleo.
- Documento del requerimiento de la deuda pendiente de pago, emitido por la compañía suministradora.
- Certificado de vida laboral de los mayores de 16 años de la unidad familiar.
- Cualquier otra documentación que para la correcta valoración de su solicitud le pueda ser requerida durante su tramitación por parte de la Administración.
- El empadronamiento será comprobado por parte de la Administración, no requiriéndose la presentación del certificado correspondiente.
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Cuantía de la ayuda
La cuantía a conceder se aplicará sobre las cuotas fijas y variables del agua, y del saneamiento, hasta un máximo de 10 m3 por miembro de la unidad de convivencia.
La ayuda se aplicará como máximo para dos periodos anuales (dos facturas trimestrales). Se podrá estudiar y valorar por parte de los técnicos de servicios sociales del Ayuntamiento, en casos excepcionales y de extrema necesidad, si procede demanda de renovación de la ayuda, en el caso de que continúen las circunstancias que motivaron la solicitud inicial, pudiendo subvencionarse otras dos facturaciones trimestrales más.
Como empresa operadora del servicio municipal de agua de Arenas de San Pedro, consideraremos beneficiarios a quienes presenten el documento de acreditación de la condición de beneficiario por parte de los servicios sociales municipales, (en la que se hará constar la fecha del acuerdo de la Junta de Gobierno Local o Resolución de Alcaldía), documento con VoBo del Concejal Delegado o del Alcalde.
La aprobación de estas ayudas se realizará mediante resolución aprobatoria del Sr. Alcalde-Presidente, que se plasmará en la correspondiente acreditación documental.
Una vez entregada en nuestra oficina la citada acreditación, aprobaremos y abonaremos las dos facturas siguientes con cargo al fondo social constituido, dando de baja después al solicitante como deudor en los recibos pendientes de pago.
En el caso de que el consumo de agua fuera superior a lo subvencionado, en función de los 10 m3 por miembro de la unidad familiar, el solicitante de la ayuda deberá abonar la diferencia con anterioridad a que se produzca la aprobación del resto de la cuantía a subvencionar.
La cuantía máxima de la ayuda se establecerá en función de los ingresos de la unidad familiar, según el baremo establecido en las presentes bases.
La cuantía del bono social se fija en un importe máximo de 4.000 euros.
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Baremo económico aplicable a las solicitudes de los solicitantes
El baremo económico establecido corresponde a las cantidades siguientes, las cuales no se podrán superar en cada caso:
- Nº MIEMBROS FAMILIA % IPREM MÁXIMO INGRESOS UNIDAD DE CONVIVENCIA
- 1 80% IPREM 430,27 €
- 2 100% IPREM 537,84 €
- 3 112% IPREM 602,38 €
- 4 120% IPREM 645,41 €
- 5 128% IPREM 688,43 €
- Más miembros 130% IPREM 699,19 €
Es decir, el baremo económico aplicable se contabilizará una vez descontados los gastos de vivienda habitual.
Durante el ejercicio económico la misma unidad familiar no podrá superar la subvención de dos recibos trimestrales para esta finalidad, salvo casos muy excepcionales y justificados por el técnico de servicios sociales del Ayuntamiento que hubiera instruido el expediente de la ayuda.
Trimestralmente comunicaremos al departamento municipal de servicios sociales un listado de los beneficiarios de estas ayudas, así como de las cuantías subvencionadas.
Proceso de tramitación
1º) Solicitud de concesión de la condición de beneficiario en el modelo de instancia presentada a través del registro general del Ayuntamiento.
2º) Estudio y valoración del expediente por parte de los técnicos de servicios sociales de la documentación presentada por los solicitantes.
3º) Instrucción del expediente.
4º) Elaboración de la acreditación de beneficiario subvencionado.
5º) Traslado y comunicación de la misma a la empresa operadora, mediante copia del documento.
6º) Entrega al interesado del documento acreditativo de ayuda, el cual habrá de presentar en la compañía del suministro.”