Control calidad del agua

Agua de calidad

En Aquona nos tomamos muy en serio tu salud y la de nuestro entorno. Te garantizamos que el agua que recibes en tu hogar cumple con todos los requerimientos legales, ofrece la máxima seguridad de consumo y que supera los más exhaustivos controles de calidad.

La Unión Europea y la legislación española determinan la calidad que debe tener el agua del grifo a través del Real Decreto 3/2023 de 10 enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de calidad del agua de consumo, su control y suministro. De forma consensuada con la Autoridad Sanitaria en Aquona hemos desarrollado un Plan de Control Analítico que establece la frecuencia y los parámetros a analizar, asegurando el total cumplimiento del Programa de Vigilancia Sanitaria del agua de consumo autonómico. 

Para garantizar la calidad del agua y que esta sea totalmente segura para el consumo humano en Aquona realizamos múltiples análisis y controles en laboratorios acreditados y certificados que permiten garantizar la máxima fiabilidad de los resultados. Los datos se remiten al Ministerio de Sanidad y se publican en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC).

Hay que recordar que la responsabilidad de asegurar la calidad del agua del grifo es múltiple, estando implicados el Ministerio de Sanidad, las Autoridades Sanitarias de las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos, la empresa suministradora y cada propietario de las instalaciones interiores dentro de su propiedad.

Tipos de análisis

Para asegurar la calidad del agua, se realizan los siguientes tipos de análisis:

Análisis de control en red de distribución

Para determinar los caracteres fisicoquímicos organolépticos y microbiológicos del agua.

Análisis completo de la red y depósitos

Para determinar los caracteres organolépticos, fisicoquímicos, metales, trihalometanos, plaguicidas, hidrocarburos aromáticos policíclicos y caracteres microbiológicos.

Análisis de radiactividad

Acorde con la última modificación realizada en el Real Decreto 3/2023, establece que debe determinarse el potencial de actividad radiactiva en las aguas de consumo humano.

Determinación cloro residual libre in situ

Para garantizar la correcta desinfección del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Villaviudas con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Villaviudas con CIF P3423900D y web https://villaviudas.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Villar del Pozo con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Villar del Pozo con CIF P1309500E y web https://www.dipucr.es/index.php/villar-del-pozo

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Villaquilambre con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Villaquilambre con CIF P2422600C y web https://www.villaquilambre.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Villanueva de los Infantes con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Villanueva de los Infantes con CIF P1309300J y web https://infantes.org/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Villanueva de la Fuente con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Villanueva de la Fuente con CIF P1309200B y web https://villanuevadelafuente.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Villamuriel de Cerrato con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Villamuriel de Cerrato con CIF P3422500C y web https://villamuriel.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Villamayor de Calatrava con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Villamayor de calatrava con CIF P1309100D y web https://www.villamayordecalatrava.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Villahermosa con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Villahermosa con CIF P1308900H y web https://www.villahermosa.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Villaconancio con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Villaconancio con CIF P3420500E y webhttps://villaconancio.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Venta de Baños con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Venta de Baños con CIF P3402300B y web https://ventadebanos.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Valenzuela de Calatrava con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Valenzuela de Calatrava con CIF P1308800J y web http://www.valenzueladecalatrava.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Torralba de Calatrava con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Torralba de Calatrava con CIF P1308300A y web www.torralbadecalatrava.es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Torquemada con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Torquemada con CIF P3418200Fy web https://www.ayuntamiento.org/torquemada.htm

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Tobarra con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Tobarra con CIF P0207400C y web https://www.tobarra.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Tariego de Cerrato con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Tariego de Cerrato con CIF P3418100H y web https://tariegodecerrato.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Socuéllamos con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Socuéllamos con CIF P1307800A y web https://www.socuellamos.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Simancas con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Simancas con CIF P4716200C y web https://aytosimancas.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Santovenia de la Valdoncina con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Santovenia de la Valdoncina con CIF P2416500C y web www.santoveniavaldoncina.org.

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Santa María del Campo Rus con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Santa Maria del Campo Rus con CIF P1620400J y web www.santamariadelcamporus.es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido equivalentes al 0,762 % de la población suministrada. Este porcentaje ha sido derivado de problemas puntuales con la calidad del agua que se nos suministra. Pese a ello por nuestra parte se han llevado a cabo limpiezas y purgas de las redes de abastecimiento de la localidad para garantizar la continuidad de suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Santa Cruz de Mudela con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Santa Cruz de Mudela con CIF P1307700C y web https://ayuntamiento.stacruzmudela.org/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de San Clemente con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de San Clemente con CIF P1619900B y web http://sanclemente.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de San Andrés de Rabanedo con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de San Andrés de Rabanedo con CIF P2414500E y web http://www.aytosanandres.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Ruidera con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Ruidera con CIF P1310000C y web http://www.ruidera.es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Real Sitio de San Ildefonso con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Real Sitio de San Ildefonso con CIF P4021200C y web https://www.lagranja-valsain.com/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Puebla de Sanabria con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Puebla de Sanabria con CIF P4918400E y web http://www.pueblasanabria.org/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Porzuna con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Porzuna con CIF P1306500H y web http://porzuna.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Portillo con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Portillo con CIF P4712300E y web www.portillo.es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Ponferrada con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Ponferrada con CIF P2411800B y web https://www.ponferrada.org/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Poblete con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Poblete con CIF P1306400A y web https://www.poblete.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Picón con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Picón con CIF P1306200E y web http://picon.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Peñascosa con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Peñascosa con CIF P0205900D y web https://www.penascosa.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Pedroñeras con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Las Pedroñeras con CIF P1616300H y web www.laspedroneras-promocion.com

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Palazuelos de Eresma con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma con CIF P4018200H y web https://www.palazuelosdeeresma.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Navahermosa con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Navahermosa con CIF P4511000D y web http://www.navahermosa.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Nava de la Asunción con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Nava de la Asunción con CIF P4016200J y web https://navadelaasuncion.org/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido equivalentes al 0,359 % de la población suministrada. Este porcentaje ha sido derivado de problemas puntuales con la calidad del agua que se nos suministra. Pese a ello por nuestra parte se han llevado a cabo limpiezas y purgas de las redes de abastecimiento de la localidad para garantizar la continuidad de suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Montiel con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Montiel con CIF P1305700E y web https://ayuntamientodemontiel.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Mojados con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Mojados con CIF P4709100D y web https://mojados.ayuntamientosdevalladolid.es/es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Miguelturra con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Miguelturra con CIF P1305600G y web https://www.miguelturra.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Malagón con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Malagón con CIF P1305200F y web https://malagon.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido equivalentes al 0,155 % de la población suministrada. Este porcentaje ha sido derivado de problemas puntuales con la calidad del agua que se nos suministra. Pese a ello por nuestra parte se han llevado a cabo limpiezas y purgas de las redes de abastecimiento de la localidad para garantizar la continuidad de suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Magaz de Pisuerga con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Magaz de Pisuerga con CIF P3409800D y web https://magazdepisuerga.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Hinojosas de Calatrava con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Hinojosas de Calatrava con CIF P1304800D y web https://www.dipucr.es/index.php/hinojosas-de-calatrava

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Herrera del Pisuerga con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Herrera de Pisuerga con CIF P3408300F y web www.herreradepisuerga.es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido equivalentes al 0,105 % de la población suministrada. Este porcentaje ha sido derivado de problemas puntuales con la calidad del agua que se nos suministra. Pese a ello por nuestra parte se han llevado a cabo limpiezas y purgas de las redes de abastecimiento de la localidad para garantizar la continuidad de suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Grijota con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Grijota con CIF P3407900D y web https://grijota.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Granátula de Calatrava con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Granátula de Calatrava con CIF P1304500J y web https://granatuladecalatrava.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Fuentesaúco con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Fuentesaúco con CIF P4909400F y web http://www.fuentesauco.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Frómista con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Frómista con CIF P3407400E y web www.fromista.com

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido equivalentes al 0,133 % de la población suministrada. Este porcentaje ha sido derivado de problemas puntuales con la calidad del agua que se nos suministra. Pese a ello por nuestra parte se han llevado a cabo limpiezas y purgas de las redes de abastecimiento de la localidad para garantizar la continuidad de suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Espinar con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de El Espinar con CIF P4008700I y web http://www.elespinar.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Daimiel con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Daimiel con CIF P1303900C y web https://www.daimiel.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Cuéllar con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Cuéllar con CIF P4007200A y web https://www.aytocuellar.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Coreses con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Coreses con CIF P4906100E y web www.coreses.com

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Ciudad Real con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Ciudad Real con CIF P1303400D y web www.ciudadreal.es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Carrión de Calatrava con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Carrión de Calatrava con CIF P1303100J y web https://www.carriondecalatrava.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Cantimpalos con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Cantimpalos con CIF P4004500G y web https://www.cantimpalos.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Campo de Criptana con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Campo de Criptana con CIF P1302800F y web www.campodecriptana.es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Brazatortas con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Brazatoras con CIF P1302400E y web https://www.ayuntamientodebrazatortas.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Benavente con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Benavente con CIF P4902300E y web www.benavente.es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Baltanás con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Baltanás con CIF P3402200D y web https://baltanas.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Ballesteros de Calatrava con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Ballesteros de Calatrava con CIF P1302200I y web http://www.ballesterosdecalatrava.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Ayna con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Ayna con CIF P0201100E y web https://turismoayna.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Astudillo con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Astudillo con CIF P3401700D y web https://astudillo.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Astorga con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Astorga con CIF P2400900C y web www.ayuntamientodeastorga.com

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Arroyo de la Encomienda con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda con CIF P4701100B y web www.aytoarroyo.es

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Argamasilla de Calatrava con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Argamasilla de Calatrava con CIF P1302000C y web https://www.argamasilladecalatrava.es/ayuntamiento/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Arenas de San Pedro con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Arenas de San Pedro con CIF P0501400F y web https://arenasdesanpedro.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Arenales de San Gregorio con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Arenales de San Gregorio con CIF P1300020C y web https://www.arenalesdesangregorio.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Almagro con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Almagro con CIF P1301300H y web http://www.almagro.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Alcolea de Calatrava con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Alcolea de Calatrava con CIF P1300700J y web https://www.alcoleacva.com/
La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Alcaraz con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Alcaraz P0200800Acon CIF y web https://www.alcaraz.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Alberca de Záncara con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Alberca de Záncara con CIF P1600700G y web https://www.albercadezancara.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido equivalentes al 0,196 % de la población suministrada. Este porcentaje ha sido derivado de problemas puntuales con la calidad del agua que se nos suministra. Pese a ello por nuestra parte se han llevado a cabo limpiezas y purgas de las redes de abastecimiento de la localidad para garantizar la continuidad de suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Alar del Rey con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Alar del Rey con CIF P3400500I y web https://alardelrey.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Aguilar de Campoo con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Aguilar de Campoo con CIF P3400400B y web https://aguilardecampoo.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido equivalentes al 0,132 % de la población suministrada. Este porcentaje ha sido derivado de problemas puntuales con la calidad del agua que se nos suministra. Pese a ello por nuestra parte se han llevado a cabo limpiezas y purgas de las redes de abastecimiento de la localidad para garantizar la continuidad de suministro.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.

A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Abenójar con CIF A66141169 y web https://www.aquona-sa.es/ cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Abenójar con CIF P1300100C y web https://www.abenojar.es/

La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, la tienes disponible accediendo a la web de SINAC

Durante el año 2025 las quejas recibidas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro han sido inferiores al 0,1% de la población suministrada.

El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de análisis y gestión de riesgos y puntos críticos basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales. 

La legislación española establece la obligación de realizar PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

La realización del PSA consiste en analizar los peligros y cuantificar los riesgos a partir de los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio. El análisis de estos datos permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen. El objetivo del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, aceptable por los usuarios y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente. 

El PSA se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los PSA, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

Para este municipio se dispone del PSA en vigor. Tras la última revisión de la evaluación de riesgos realizada se concluye que no es necesario implementar medidas correctoras adicionales, garantizándose así la calidad higiénico-sanitaria del agua.